Católicos y ciudadanos
11-12-2008 04:27:25
EL ilustre constitucionalista sevillano Javier Pérez Royo se ha referido hace unos días al debate provocado en torno a la presencia de símbolos religiosos en las aulas de los colegios públicos. Como es conocido, se trata de un debate reabierto ahora por la sentencia de un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid que ha fallado a favor del padre de una alumna de un colegio público de dicha ciudad que había solicitado la retirada de los crucifijos de las aulas y de los espacios comunes del centro. Pérez Royo, siempre atento a la realidad, especialmente a la que es susceptible de someterse al prisma constitucional -para algunos, ya se sabe, es conocido como el «constitucionalista de guardia»-, imparte desde su púlpito de papel en el diario El País una teórica sobre la cuestión, brillante, como casi todas las suyas, pero sobre todo contundente. En su opinión, la decisión acerca de si se puede admitir o no la presencia de crucifijos en las aulas está ya tomada: «Es una decisión -señala- que adoptó el constituyente de 1978 al redactar el artículo 16 de la Constitución en los términos en que lo hizo». «No nos encontramos -continúa- ante una decisión que tengan que tomar los consejos escolares, o las consejerías de Educación de las comunidades autónomas o el Ministerio de Educación, porque la decisión la tomó ya el constituyente», concluyendo que «desde el 29 de diciembre de 1978 debería haberse procedido de oficio a la retirada de todos los crucifijos de las escuelas». El problema es que dicha decisión ya tomada no se ha aplicado de manera general en los treinta años transcurridos desde entonces. Lo más que se ha hecho -y el profesor Pérez Royo lo sabe bien, de su época de rector en la Universidad de Sevilla- es una aplicación voluntarista circunscrita a ámbitos y espacios determinados. Es por ello que estas afirmaciones tan contundentes pueden verse como propias de un constitucionalismo «de salón» o incluso «de ciencia ficción». Siendo cierto que las normas jurídicas -y la Constitución lo es, como está de más recordar a estas alturas- tienen eficacia constitutiva, es decir, aspiran a conformar, a constituir la realidad, no es menos cierto que entre éstas y dicha realidad suele haber un trecho difícilmente salvable, por diversas circunstancias o factores. Entre el artículo 16 de la Constitución, que reconoce que nadie puede ser obligado a declarar sobre su religión o creencia y que ninguna confesión tendrá carácter estatal -y que recoge también el sitio que deben otorgar los poderes públicos a las creencias religiosas y especialmente a las que representa la Iglesia Católica-, entre este precepto y la realidad española, donde la presencia de lo religioso católico sigue siendo importantísima, hay un salto que no se ha dado, bien porque no se ha querido o bien, sobre todo, porque no se ha podido. Tiene razón Pérez Royo en que se abre un debate -en su opinión, innecesario- en el que algunos pronunciamientos o posiciones son ciertamente lamentables. Así han de calificarse, en lo más inmediato, las declaraciones de la ministra de Educación escondida tras los consejos escolares y su pretendida capacidad y autonomía para decidir sobre estas cuestiones. Como lamentable es ese neoanticlericalismo del que hacen gala los seguidores de un laicismo agresivo y excluyente, organizado incluso en grupos y asociaciones, que nos descubre a quienes parece que hacen de la intolerancia hacia la religión católica su única motivación existencial. Y, desgraciadamente, como lamentable también creemos que ha de contemplarse la postura de quienes observan en la retirada de los crucifijos una muestra de lo que no han dudado en calificar como «cristofobia». Una calificación exagerada que sólo puede entenderse, especialmente en el caso de algunos representantes de la jerarquía eclesiástica, como una manifestación más estratégica que otra cosa y que responde a algo así como «mejor estar que no estar» o «estemos como sea, pero estemos». Un planteamiento frágil, pobre e indigno en el que algunos se instalan cómoda y aparentemente seguros. El debate está servido y los católicos no podemos escudarnos ni en la «cristofobia» ni en una evasiva y contemporizadora mirada hacia otro lado. Debemos continuar reflexionando y dialogando sobre cuál debe ser nuestra presencia en los espacios públicos. Es algo que se nos impone desde nuestra doble condición de ciudadanos y católicos. En este sentido, deberemos tal vez reparar en que el Estado no es nuestro enemigo. Un Estado que en su versión liberal, señala Habermas, no tiene que transformar la para él obligada separación institucional entre la religión y la política en una indebida carga psicológica que no puede ser exigida a sus ciudadanos religiosos. Y deberemos tal vez entender que puede haber incluso un laicismo positivo y hasta cristiano, al que se refiere insistentemente entre nosotros el sociólogo Rafael Díaz-Salazar, sin duda uno de los mejores analistas de esta cuestión (recomendables son sus libros Democracia laica y religión pública, 2007, y el más reciente España laica, 2008). Y es que si reflexionamos seriamente acaso lleguemos a la conclusión de que nuestra presencia pública no puede confiarse e hipotecarse sólo a los signos externos o a unas formas cada vez más vacías, que en algún caso pueden incluso volvérsenos en contra, denunciando nuestro fariseísmo. El mejor Cristo, y seguramente esto cueste entenderlo desde Sevilla y desde Andalucía, no es un trozo de madera sino el Cristo vivo que cada católico ha de ser para su entorno. En definitiva, a pesar de lo que quieren hacernos creer algunos, desde dentro y desde fuera de la Iglesia, no se trata de retirarse del mundo sino más bien de ocuparlo de otro modo. César Hornero Méndez Profesor de Derecho Civil de la Universidad Pablo de Olavide
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