Artículo
VI
CRITERIOLOGÍA
DE LA REVELACIÓN
129.-
Después
de haber tratado en general, de la posibilidad, conveniencia y necesidad de la
revelación, y de haber tratado en especial de la revelación de los misterios,
vamos a tratar ahora la cuestión de la recognoscibilidad de la revelación.
Porque en la revelación inmediata, sea la pública o la privada, y
principalmente, por lo que a nosotros respecta, en la revelación mediata
pública y atestante (o testimonial), es necesaria alguna señal por la que
conste el hecho de que Dios ha hablado.
Por
lo cual exponemos el tratado de los criterios de la revelación, pero no
en el sentido objetivo o material de la revelación, como si tratásemos de los
criterios para establecer lo que ha sido revelado, sino en el sentido formal
de la revelación para establecer los criterios con qué se debe comprobar el
mismo hecho histórico de la locución y
testimonio divinos.
Como al principio de la Filosofía, o sea, en la Cútica o Epistemología se tiene un tratado sobre el criterio de la verdad y de la certeza, ahora también tendremos un tratado sobre el criterio de la revelación. En el que vale también el consejo de San Juan Apóstol: "Carísimos, no creáis a todo espíritu, antes contrastad (probad) los espíritus si son de Dios, porque han salido al mundo muchos profetas falsos".
PARTE
NEGATIVA
TESIS
10- PARA
PROBAR EL HECHO HISTÓRICO DE LA REVELACIÓN PUBLICA, LOS CRITERIOS SUBJETIVOS E INTERNOS, NO SON PRIMARIOS.
130.-
Recientemente, hacia fines del siglo pasado y comienzos, del presente, ha sido
muy controvertida la cuestión sobre el criterio de la revelación y de la
religión. Por esto, procediendo negativamente, en primer lugar, rechazaremos
los criterios que no se pueden admitir como primarios en la revelación
pública,
131.-
NOCIONES.
CRITERIO,
de ksinein, en orden lógico, es aquello por lo que la mente discierne una cosa
de otra.
Así,
el CRITERIO de la REVELACIÓN es la razón o la nota por la que se puede
reconocer el origen divino de alguna revelación.
También
se toman otros nombres para significar lo mismo, aunque insinúan algo
formalmente diverso.
Se
llama signo de la revelación, en cuanto, por su conocimiento, conduce la mente
al conocimiento de otra cosa, es decir, al conocimiento de la locución divina,[1] se llama nota de la
revelación, en cuanto con su ayuda aparece claro el hecho de la revelación
divina, argumento de la revelación, en cuanto demuestra los motivos de
credibilidad (D1790 / 2145), motivo de credibilidad, en cuanto mueve al
entendimiento a afirmar la credibilidad de esa revelación.
132.-
DIVISIONES DEL CRITERIO DE LA REVELACIÓN [2]
1) El criterio es positivo
si concluye con certeza o con probabilidad que se ha dado de hecho la
revelación. Es negativo si concluye a que no se dio la revelación (v.
gr., por el hecho de que contradijese a la ley natural) o que nada impide que se
haya dado de hecho la revelación.
2) Criterio primario es
el que prevalece por encima de otros, por el hecho de que demuestra con
certeza de un modo fácil (expedito) y acomodado a todos, de manera que
quede abierto (patente) a todos el recurso a ese criterio. Los demás
criterios se llaman secundarios.
3) Criterio suficiente
es el que basta por sí solo para demostrar el origen divino de alguna
revelación. Criterio suficiente no es formalmente lo mismo que criterio
primario, porque alguna cosa puede ser suficiente por sí misma sin que
prevalezca sobre otras, sin embargo, objetivamente, el criterio suficiente para
reconocer una revelación pública que debe ser públicamente demostrada, es
equivalente al criterio primario, porque no sería suficiente a no ser .que
convenciera con certeza y de un modo expedito y acomodado a todos.
4)
Con respecto al sujeto que examina alguna revelación, se divide en subjetivo y
objetivo.
El criterio subjetivo se encuentra en
el mismo sujeto que examina la revelación o la acepta, v. gr., los gustos
espirituales, las inspiraciones internas concomitantes, las tendencias
inmanentes del sujeto.
Este
último criterio, o sea, el criterio inmanentístico (apologética de la
inmanencia) arguye desde las tendencias o indigencias del sujeto en cuanto se
informan con la verdad que se dice revelada. Este criterio se reduce al criterio
precedente, es decir, al subjetivo.
El
criterio objetivo es el que se tiene desde fuera de la conciencia del que
examina la revelación y es un hecho independiente de sus aficiones subjetivas,
v. gr., el milagro (extrínseco para el que lo examina), la profecía.
5)
Con respecto a la doctrina revelada, el criterio puede ser interno y
externo.
El
Criterio interno consiste en el examen interno de la doctrina que se dice
revelada. Ahora bien, la doctrina puede examinarse a) en sí misma o , b)
en los efectos que produce. El primero atiende a las notas y caracteres
internos de la misma doctrina (a su armonía con las verdades racionales, a su
sublimidad, a su pureza, a su aptitud para satisfacer las propias tendencias).
El
segundo atiende a los efectos que esa doctrina produce en los hombres (frutos de
gozo y de paz, el cumplimiento y la satisfacción de las tendencias, la
santidad).
El
criterio externo de la doctrina es un signo extrínseco de la verdad revelada
que le sobreviene como un testimonio divino que confirma la revelación, tales
son los milagros externos para el que la examina, los vaticinios cumplidos.
133 HE AQUÍ EL ESQUEMA DE LOS CRITERIOS .
|
CRITERIO |
Negativo |
|||||
|
Positivo |
Subjetivo |
inspiraciones,
testimonio de Espíritu Santo. gustos
espirituales, consolaciones tendencias
inmanentes (criterio
inmanetístico) |
||||
|
Objetivo |
interno
a la doctrina: examen
de la doctrina |
en
si |
Verdad
de la doctrina sublimidad
de la doctrina satisfacción
de las tendencias (aptitud
para satisfacerlas) |
|||
|
En
efectivo |
Gozo Paz Cumplimiento (satisfacción
de las tendencias) santidad[3] |
|||||
|
externo
a la doctrina, milagros, profecías. |
|
|||||
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|
|
|
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|
|
|
134.- A) - LOS CRITERIOS SUBJETIVOS (TESTIMONIO DEL ESPÍRITU SANTO, GUSTOS ESPIRITUALES, ETC.- NO SON PRIMARIOS -
ADVERSARIOS
- Los antiguos protestantes afirmaban con CALVINO, la interna inspiración del
Espíritu Santo como criterio genuino de la palabra de Dios, decían que al oír
la predicación y al leer la Escritura, la reconocían así como revelada.
En
el siglo pasado F.E.D. SCHLEIER MACHER (1768-1834) consideraban a la
experiencia religiosa (el sentimiento) como un criterio de la revelación,
entendida subjetivamente como los modernistas.
135.- DOCTRINA DE LA IGLESIA .
En
el Vaticano I se condena la doctrina según la cual los hombres deben moverse a
la fe por la sola experiencia interna de cada uno y por la inspiración privada
(D 1812). Si se excluye que los hombres deban ser conducidos a la fe por la sola
experiencia interna o por la inspiración privada , es porque existen otros
criterios externos totalmente válidos y son precisamente estos criterios los
que la Iglesia tiene como primarios y ordinarios (Cfr. n. 150). Porque la sola
inspiración privada o la experiencia interna, prescindiendo de los criterios
externos, no se acomoda a todos o no se da en todos, por ésp no es el criterio
primario.
VALOR
TEOLÓGICO
- La tesis parece teológicamente cierta.
136.- PRUEBA.
Estos
criterios subjetivos, como son las inspiraciones y las mociones de Dios
individuales y sobrenaturales, los gustos y las consolaciones espirituales, no
puede generalmente decirse que sean un modo de discernir la revelación cierto
y acomodado a todos, porque: a) se pueden desviar fácilmente a una
ilusión, b) tales mociones no se disciernen con certeza sino es para
hombres de una grande y probada discreción de espíritus, c) los
montanistas y otras sectas apelaron a este criterio contradiciéndose a sí
mismos.
Y
no todos las tienen ni son permanentes de manera que se pudiese recurrir a ellas
de un modo expedito, y mucho menos es un recurso para todos. Por
eso, no son de ningún modo, un criterio primario.
Serían
un criterio suficiente si fuesen realmente un milagro en el sujeto que recibe la
revelación, o si llegase él mismo a la certeza de la moción divina, y en tal
caso, estaría él obligado a resistirla.
137.-OBJECIONES
- Algunas palabras sobre la Sagrada Escritura (que utilizan los Protestantes)
1.
Jo. 2,20: "Vosotros tenéis la unción del Santo y lo sabéis todo”.
Luego, el criterio de la revelación es el testimonio del Espíritu Santo.
Resp.-
Estas palabras en el Evangelio de San Juan, suponen la fe ya aceptada, por esto
este criterio no ruede ser primario.
2. Aún antes de aceptar la fe, se da el testimonio interno de la revelación. Jn. 7,17 “Quien quisiere cumplir su voluntad conocerá si mi doctrina es de Dios o si yo hablo por mi propia cuenta''.
Resp.-.
Estas palabras se refieren a la disposición moral para la fe.
3.
1 Tes 2,13: “Vosotros, habiendo
recibido la palabra
de Dios, que oísteis de nosotros, la abrazasteis no como palabra de hombre,
sino come es en realidad, como palabra de Dios, que ejerce su eficacia en
vosotros, los creyentes''. Luego, el criterio de la palabra de Dios y de la
revelación es la operación del Espíritu Santo, por la recepción actual
de la fe.
Resp.-
El Espíritu Santo obra ciertamente en los creyentes pero no de un modo
exclusivamente causal, como si fuera el único criterio para reconocer la
palabra de Dios.
4.
1 Cor. 12,6: "Hay distribuciones de operaciones, pero un mismo Dios que
obra todo en todos''
Resp.-
Aquí se trata de divisiones de las gracias, pero supone que ya se tiene la fe.
138.-
B - LOS CRITERIOS INMANENTÍSTICOS NO SON SUFICIENTES . (0 AQUIVALENTEMENTE). NO
SE PUEDE ADMITIR LA APOLOGÉTICA DE LA INMANENCIA TOMADA EXCLUSIVAMENTE.
ESTADO
DE LA CUESTIÓN
- Estos criterios examinan la revelación, no por los gustos espirituales y las
inspiraciones concomitantes a la doctrina que se dice revelada, ni por su
índole interna, ni por los efectos que produce en los que la aceptan, ni por
ningún criterio extrínseco, sino que la buscan en las mismas facultades
humanas, en sus indigencias y tendencias, de modo que este método puede
llamarse psicológico. La Apologética de la inminencia se funda
en este método. Entre sus seguidores existe cierta diversidad y hay varios
grados (Cfr. tratado 1, Esquema histórico de la Apologética n. 86.).
1)
Algunos proceden así para adaptarse a las condiciones y prejuicios de su época
(método de adaptación) , pero después demuestran el hecho de la
revelación por la vía tradicional de los
milagros. Queda claro que no se trata de refutar este método de mera
adaptación, ni nos referimos a él en la Apologética teórica, sino mas bien
en la Apologética práctica.
2)
Otros autores de esta Apologética de la inmanencia querían demostrar el
hecho de la revelación divina por criterios subjetivos únicamente,
rechazando como inútil el método tradicional de los milagros, puesto que
éste tenía sabor de extrinsecismo, historicismo, intelectualismo, y decían
que el fundamento de la Apologética actual se debía tomar del principio del
manentismo actual, puesto que los hombres modernos están afectados por el
kantismo y al subjetivismo. Se debía, pues, cultivar el método de la
inmanencia vital inquiriendo en la experiencia interna subjetiva y en el
dinamismo moral, o
3) Otros autores del método de
inmanencia son los modernistas, que defienden el inmanentismo estricto,
de tal modo que la religión empieza, según ellos, y se realiza en la esfera de
la conciencia por el sentido o por el sentimiento religioso (cfr.
Encíclica "Pascendi" D 2103). Pero éstos hablan de la religión
y de la revelación en otro sentido del que hablamos nosotros y, por lo
tanto, no es necesario refutarlos aquí.
SENTENCIAS
-
MAURITIO BLONDEL (1861‑1949) escrutaba la experiencia interna (láction).
– Esta "acción" es nuestra vida y realidad inmanente siempre en
movimiento, en el esfuerzo por un progreso ulterior y esencialmente incompleta;
es experiencia interna y opción al mismo tiempo que tendencia.
El examen de esta acción nos muestra nuestra propia impotencia para
llevar dignamente la vida moral que deseamos. Porque en los escondrijos de
nuestra alma se da una aspiración fuerte a lago supremo y divino, a la que no
se satisface en el orden natural ni en el esfuerzo de la voluntad para conseguir
realizar sus aspiraciones. Encontramos, por lo tanto, una gran deficiencia, una
laguna, un vacío que está pidiendo su complemento y el don divino. Porque no
seda, proporción entre la aspiración y el fin ideal del hombre y su acción
externa, pero se da la tendencia a la
posesión del Ser Supremo. Luego, se debe dar la cooperación de este Ser
Supremo y de su auxilio y ayuda, porque padecemos esencialmente la indigencia de
un maestro y salvador.
Así
aparece la necesidad del auxilio (surcroit) divino sobrenatural, que ilumine el
entendimiento y fortalezca la voluntad (revelación y gracia) y se deberá
aceptar la religión cristiana que responde a esta tendencia y necesidad.
Así
se da el paso, por el método de implicación, de la inmanencia a la
trascendencia, del sujeto al objeto y se prepara el camino de la autonomía a la
heteronomía, porque se da una conexión íntima entre el estado interior y el
exterior.
Para
formarse un juicio adecuado del blondelismo, es necesario tener presentes las
más recientes obras del mismo Blondel, en las que enseña su filosofía. En el
segundo volumen de su más reciente obra l’Action, vuelve a tratar Blondel lo
que ya había tratado en su tesis del año 1893, l’Action y en otras
explicaciones que ya había dado posteriormente (1896).[4]
139.-
DOCTRINA DE LA IGLESIA
Su
Santidad San Pío X, en la Encíclica " Pascendi ", no sólo rechazaba
la apologética modernista, sino que se quejaba también que había entre los
católicos quienes, aunque no admitían la doctrina de la inmanencia In cuanto
doctrina sin embargo, se servían de ella en la apologéticas y tan
incautamente, que no sólo parecían admitir en la naturaleza humana una
capacidad y conveniencia al orden sobrenatural, sino incluso, una verdadera
exigencia (D. 2103)
VALOR
TEOLÓGICO
- Doctrina católica.
140.-
PRUEBA
a)
Aunque el inmanentismo concluya rectamente que se dan lagunas e indigencias en
la naturaleza humana y que, por lo tanto, se percibe la indigencia de algún
auxilio para el hombre, y aunque se pruebe con razón que la revelación divina
es conveniente, sin embargo, no se concluye rectamente que precisamente este
auxilio de la revelación, sea absolutamente necesario sin disyunción y
mucho menos la revelación sobrenatural. Por lo tanto, estos criterios
inmanentístas (expuestos en el n, 2), no son suficientes y se debe rechazar el
método de la inmanencia tomado exclusivamente
b) Este método tampoco enseña
lo que es capital en la Apologética, los fundamentos de la fe divina. Porque la
fe divina se presta por la autoridad de Dios que revela; esto pide que se
demuestre con certeza el hecho histórico y externo de la revelación y del
testimonio divinos, y esto no se puede probar directamente con criterios
meramente subjetivos, con estos criterios sólo se probaría que tenemos que
afirmar los dogmas por su coherencia con la naturaleza humana, no porque Dios
los haya revelado.
El
hecho de la revelación divina no se podría demostrar ni siquiera
indirectamente por una conclusión: porque de las tendencias de la naturaleza
no podríamos deducir nada en favor de la revelación sobrenatural, y
mucho me nos para afirmar la revelación de los misterios.
c) Si se afirma una verdadera
necesidad y exigencia del orden sobrenatural para el hombre, se derrumba todo el
concepto de lo que es el orden sobrenatural. Por eso mismo, ya no sería
sobrenatural (Cfr. D. 2103).
d) Ni, por las solas exigencias
subjetivas, se podría resolver cual era la verdadera religión entre las que
tienen algunos elementos de la revelación de Dios (v.gr., la religión
cristiana, la mahometana...).
e) Tales tendencias
subjetivas serían un criterio más indeterminado aún que otros criterios
también subjetivos y aún más variable, porque cada uno elegiría la
revelación que le fuese más agradable a sí y a sus tendencias y, por lo
tanto, de ninguna manera puede ser un criterio primario de la revelación que
pudiese demostrarla de una manera cierta, expedita y acomodada a todos.
141.-
OBJECIONES
1.-
(LAHERTHONNIERSE)
Las
mociones que inclinan a los hombres, aún a los infieles, hacia el Ser Supremo,
de hecho se reciben bajo el influjo de la gracia y a ella se ordena, es decir,
son de hecho, sobrenaturales. Luego, desde ellas, desde la naturaleza así
elevada y sobrenaturalizada, y por lo que en ellas se implica, podemos concluir
la existencia del ser sobrenatural
Resp.
En la conciencia no se perciben sicológicamente, de ordinario, tales nociones
sobrenaturales, en cuanto tales y como revestidas de una peculiar estructura
sobrenatural, aunque sea así ontológicamente, pues se reciben con la gracia
elevante, por lo que no podemos argüir por ellas en el orden del conocimiento y
tampoco podemos probarlo en el orden apologético, si apoyamos la misma
demostración en principios dogmáticos.
2.-
El alma humana es naturalmente cristiana (Tertuliano).
Resp.
Esto es, el nombre conforme a su propia naturaleza, conoce fácilmente a Dios y
la obligación de ejercer la religión (Cfr. n.41,3) de donde es fácilmente
conducido al conocimiento del cristianismo, con podemos deducir la existencia
del cristianismo con sólo observar la misma naturaleza humana, niego.
142.-
C ) LOS CRITERIOS INTERNOS A LA DOCTRINA NO SON PRIMARIOS
1º.-
Examen de la doctrina en sí misma.
ADVERSARIOS
- Es especialmente adversario H. SCHELL, que exagera el valor del criterio
interno por encima de los criterios externos. En las objeciones veremos sus
argumentos.
DOCTRINA
DE LA IGLESIA .
Cfr. n. 150
143.-
PRUEBA
a)
Al examinar las notas internas y la índole de alguna doctrina, no aparecerá
entre ellas la nota de "estar revelada", porque éste es un
hecho histórico que denomina extrínsecamente a la verdad revelada.
Luego,
el criterio interno por sí solo, no puede ser suficiente para reconocer
cualquiera revelación, aún privada, y mucho menos se podría decir que es un
criterio primario.
b)
Además, este examen interno de la doctrina no probaría frecuentemente,
sino que nada impide que esa doctrina haya sido realmente revelada, esto es,
frecuentemente no sería sino un criterio negativo, que no es suficiente
por sí solo para establecer con certeza el hecho de la revelación. Porque, si
se proponen los misterios, la razón podría probar solamente que no repugnan a
la misma razón, y si se proponen verdades al alcance de la razón, se podría
pensar que son fruto de algún gran genio humano, pues difícilmente se podría
determinar el criterio para medir hasta donde pueden llegar las fuerzas del
ingenio humano dejado a sí mismo. Luego, frecuentemente, o no se probará con
certeza, o apenas se probará el hecho de la revelación divina.
c)
Además, no es una cosa expedita para todos el examinar y conocer los caracteres
internos de alguna doctrina, v.gr., de conformidad con las verdades racionales y
con las aspiraciones y tendencias nobilísimas de los hombres y la sublimidad y
trascendencia de esa revelación sobre otras, especialmente si es necesario
hacer largas comparaciones. Más aún, esto tampoco es expedito, ni aún
para los sabios, pues exige muchos estudios y muy diligentes. Así pues, este
criterio de ningún modo es un recurso público acomodado a todos.
d)
Además, es un criterio indeterminado (qué grado de sublimidad y
armonía se requeriría en esa doctrina?), y es también variable según la
diversidad de los hombres y proclive al peligro de subjetivismo y de
racionalismo (porque lo que agrada a unos disgusta a otros y muchos desean que
sea verdadero lo que es conforme a su razón). Luego, también por este
capítulo, tal criterio no convencería con certeza, ni de un modo expedito y
acomodado a todos.
144.-
OBJECIONES
1).‑
El criterio de alguna cosa debe ser conforme con lo que se examina. Luego, el
criterio de la revelación debe ser conforme con la doctrina revelada.
Dist.
el antec.
El criterio debe ser coherente con lo que se examina interna o externamente, concedo
el antecedente, Precisamente internamente, niego el antecedente. E
igualmente, dist. el consecuente y advirtamos que no se trata de
discernir inmediatamente la doctrina revelada, sino de discernir el hecho de la
revelación.
2).‑
El criterio debe ser equivalente por su gravedad a la cosa que se examina.
Luego, es en la materia revelada donde se debe buscar el criterio primario de la
revelación.
Dist.
el antecedente.
El criterio equivale en gravedad a la cosa que se examina, si se diese siempre
un nexo interno entre el criterio y lo discernido, pase el antecedente,
de lo contrario, niego el antecedente.
3).-
Debe prevalecer el primado de las ideas y de las doctrinas sobre cualquier
hecho. Luego, los criterios internos a la doctrina son primarios.
Dist.
el antecedente.
Debe prevalecer la idea sobre los hechos en cuanto criterio, y como criterio, niego
el antecedente, en otro sentido, pase el antecedente.
4).-
El criterio externo, el milagro, es aprobado después que se ha considerado la
doctrina del taumaturgo ( Cfr. n.173). Luego, el criterio externo depende del
criterio interno de la doctrina y es el primario.
Dist.
el antecederte
. Frecuentemente sucede así, como un criterio negativo de si la doctrina del
taumaturgo es conforme a la recta razón ( o a la fe cuando por la Apologética
consta ya con certeza de la credibilidad de la fe), conced. el antec.,
sucede siempre así, como si el criterio interno fuera positivamente definitivo,
niego el antecedente.
145.-
EXAMEN DE LA DOCTRINA EN SUS EFECTOS
ADVERSARIOS
-
Los
pragmatistas,
según los cuales, se debe aceptar la revelación y la religión que satisfaga a
las exigencias de la vida o promueva la Ética.
También
los modernistas, para quienes se puede aceptar la revelación que
promueve el sentimiento religioso.
DOCTRINA
DE LA IGLESIA.
( Cfr. n. 150)
146.-
PRUEBA
a) Este criterio por examen de los
efectos, no puede ser primarios, porque no puede servir para todos,
porque supone la fe ya recibida y es posterior a la fe, por eso, no puede servir
a los que no han experimentado aún la revelación y se podría preguntar por
qué criterio se han guiado los primeros que la recibieron. Por lo tanto, no es
criterio acomodado a todos.
Además, no se acomodaría a todos, pues es indeterminado (¿que grado de paz, de gozo, de satisfacción se requiere?, y es variable (el sentimiento religioso es inconstante y a unos agrada y satisface lo que a otros no, a los judeocristianos la ley de Moisés, a Tertuliano el Montanismo).
b)
Más aún, es difícil discernir tales efectos de la doctrina en los individuos:
el gozo, la paz, la saciedad de las tendencias, de modo que se pueda deducir de
un modo cierto y expedito su causa sobrenatural, frecuentemente, solo se
conocen como conjeturé más o menos probable, la sobrenaturalidad de la paz y
del gozo. Efectos parecidos a la saciedad de las tendencias podrían nacer de
causas naturales, o de la práctica de algunas verdades de la religión natural.
También
puede haber algunas verdades reveladas que propiamente no son aptas para
suscitar el sentimiento religioso ( v.gr., el Espíritu Santo procede del Padre
y del Hijo como de un solo principio).
c)
Se podrían decir cosas parecidas cuando se trata de los efectos de la doctrina
que satisfacen a los deseos universales, (en la familia, en la nación, en el
género humano). Porque difícilmente se probaría con certeza tal satisfacción
de las tendencias, porque se trata de un hecho fue en una multitud no consta con
facilidad y se debería probar, además, que esa satisfacción no proviene
únicamente de la religión natural, ni sería expedita esa comprobación y
cabria pensar aún, que no satisface a muchos por el hecho de tener tendencias
depravadas.
Por
eso, el examen de la doctrina en sus efectos, no es de suyo un criterio primario
de la revelación.
d) Pero, si tales criterios por los efectos y frutos de gozo, paz, saciedad de tendencias, no valen, de suyo, para engendrar de un modo expedito, la certeza con que se debe demostrar a muchos el hecho de la revelación, en cambio, los criterios por los frutos de santidad, del martirio, de una virtud extraordinaria en una gran multitud, pueden engendrar más fácilmente tal certeza, si se deduce de ellos la intención preternatural y milagrosa que aparece desde fuera de la misma revelación. Por lo tanto, puede suceder que el examen de la doctrina en sus efectos, engendre a veces accidentalmente y de un modo expedito, la certeza de una demostración válida para todos. Pero este criterio se encuentra ya en los criterios externos milagrosos.
PARTE
POSITIVA
147.- PRENOTANDO ‑ EL CRITERIO ÚLTIMO DE LA REVELACIÓN DIVINA PÚBLICA, ES ALGÚN SIGNO DIVINO, SEA INTERNO, SEA EXTERNO.
Es
necesario advertir que la certeza del hecho de la revelación divina se basa
últimamente en algún signo divino extraordinario. Decimos
"últimamente" porque hay muchos que están ciertos por el testimonio
mediato de los hombres. Pero, tal testimonio se debe fundamentar en algún signo
fuera del orden natural creado, sea externo (v. gr., un milagro sensible),
sea interno, esto es, no sensible, v. gr.,una luz extraordinaria).
148.- La razón es porque no podemos conocer, el hecho de la
revelación, ni la misma locución divina por la visión de Dios - ni
deduciéndola de la creación natural, porque esa revelación es algo
preternatural -, ni deduciéndola de unos principios metafísicos, porque es
algo - contingente y no necesario - ni por la sola autoridad humana, porque por
sí sola no dará la certeza de este hecho divino -, ni por la autoridad divina,
porque esto es precisamente lo que se pregunta. Luego, se requiere últimamente
algún signo divino extraordinario.
TESIS
11
- EL CRITERIO PRIMARIO PARA PROBAR
EL HECHO DE LA REVELACIÓN SE DEBE PONER EN LOS MILAGROS Y VATICINIOS.
149.- ADVERSARIOS .
Los
ya citados que, atribuyen una fuerza igual o mayor a los criterios subjetivos e
internos que a los objetivos y externos, y en concreto , los defensores de la
apologética de la inmanencia tomada exclusivamente.
150.-
DOCTRINA DE LA IGLESIA
Según
la doctrina del Concilio Vaticano I, se debe mantener el valor
primario y suficientísimos, que es propio de los milagros y profecías, D1790:
" quiso Dios que se juntaran argumentos externos de su revelación
y, ante todo, los milagros y profecías, que son signos certísimos
y acomodados a la inteligencia de todos.
Pues
prueban con certeza, de modo expedito y acomodado a todos, y prevalecen sobre
los demás, luego, según la doctrina de la Iglesia, son criterios primarios. (
D 1812 s.)
La
misma doctrina en el juramento centra los modernistas ( D.2145).
Más
aún, esta doctrina informa la vida y la predicación de la Iglesia y está en
su magisterio.
En
cuanto a la refutación de la apologética de la inmanencia tomada
exclusivamente, (D. 2103).
VALOR
TEOLÓGICO.-
Este valor primario y suficientísimo de los milagros y profecías es al menos
doctrina católica.
151.- PRUEBA .
Tales
criterios, es decir, los milagros sensibles y las profecías completas, que se
aducen como testimonió y confirmación de la revelación, no requieren, de
suyo, un entendimiento muy cultivado, como los criterios internos de la
doctrina, sino solamente una mente y unos sentidos sanos, para que conste con
certeza de esos milagros o profecías cumplidas. Porque puede constar con
frecuencia que superan la naturaleza y que los ordena Dios para demostrar algo.
Son, además cosas manifiestas y palpables y no corren el peligro de inclinarse
a una ilusión subjetiva, como los mismos criterios subjetivos, sino que se
puede recurrir a ellos con facilidad, y se acomodan también a todos, pues se
les puede transmitir con certeza por el testimonio.
Luego,
los milagros y vaticinios, los criterios externos y objetivos bastan por sí
solos y prevalecen ante otros criterios subjetivos externos.
La
tesis se CONFIRMA además, por la apelación universal a los milagros y
profecías.
152.-
OBJECCIONES
1)-
Hay muchos que no admiten el milagro. Luego, no es un criterio primario, porque
no se acomoda a todos.
Dist,
el antecedente,
Hay muchos que de una manera irracional, no admiten nunca el milagro, cono.
el antecedente, no lo admiten razonablemente, subdist., si no consta
ciertamente de él, conced., pero si consta ciertamente de él, niego.
2)-
Pero los milagros no se prueban con certeza, porque todas las religiones, aún
las falsas, apelan a los milagros. Luego ...,
Niego
la subsuncíón y dist. la razón que se añade.
Todas
las religiones provocan a los milagros verdaderos o falsos, conced., a
verdaderos milagros, niego. Esto indica que debemos ser cautos al admitir
los milagros, como al recibir las monedas, pero no por eso, todos son falsos o
inútiles.
3)
-
Al menos los milagros no prueban de un modo expedito, porque exigen una
larga
consideración.
Niego
la subsunción y distingo la razón que se añade. A
veces exigen una consideración difícil, conc., siempre, niego. Pero,
aún así, para otros criterios se requeriría una consideración mucho más
larga.
153
- ESCOLIO.‑
EL CRITERIO DE LA REVELACIÓN INMEDIATA ES TAMBIÉN EL MILAGRO.
Jesucristo
gozaba de la visión beatífica, por la que veía inmediatamente todas
las operaciones de Dios y su locución: "Todo lo que oí de mi Padre os
lo he dado a conocer"
A
otros, además de la ilustración de la mente y de la infusión de las especies,
o además, de la combinación extraordinaria de las especies que ya se han
tenido, es decir, además de la comunicación material de Dios, se les debe dar
una señal por la que les conste que Dios les ha hablado. Esta señal puede ser
la misma ilustración de la mente o la infusión de la comunicación, en cuanto
que es percibida como algo que trasciende a la naturaleza, o como una acción
milagrosa en el entendimiento, o son nociones místicas extraordinarias
conocidas como provenientes de Dios, o acciones milagrosas dentro del sujetos
(la conversión repentina de S. Pablo), o fuera del sujeto (v. gr., la zarza
ardiente.).
Por
lo tanto, como el criterio universal de la certeza es la evidencia, asimismo, el
criterio universal de la revelación es el milagro.
Así
pues, en la revelación inmediata y privada, el criterio para
reconocerla será cierta acción milagrosa, sea interior, sea exterior, al
sujeto que recibe esa revelación. Esto vale en primer lugar para el que
recibe inmediatamente la revelación. Los demás que han oído hablar de esa
revelación, si no pueden juzgar con certeza acerca del milagro interno ocurrido
en el que recibe la revelación, frecuentemente deberán quedar ciertos por un
nuevo milagro. Pero no es necesario que siempre alcancen la certeza por un
milagro diverso del que se realizó en el que recibe la revelación, es decir,
si consideradas prudentemente las circunstancias en una persona santa y en un
modo de proceder en los fines pretendidos y en los efectos que se siguen de esa
presunta revelación, consta con certeza moral, de la prudencia y cautela, de la
ciencia y de la veracidad del que recibió la revelación.
PARTE
COMPLEMENTARIA
154.-
DEL VALOR POSITIVO DE LOS CRITERIOS SUBJETIVOS E INTERNOS
Conozcamos
ya el valor de esos criterios, que muchos enaltecieren sobremanera, confundiendo
la apologética científica con el arte pastoral. Pero ahora tratamos de su
valor científico, no precisamente de su oportunidad sicológica y pastoral.
TESIS
12 -
LOS CRITERIOS SUBJETIVOS E INTERNOS TIENEN SU IMPORTANCIA Y UTILIDAD
155.-
DOCTRINA DE LA IGLESIA
La
doctrina de la tesis se insinúa en la encíclica de Pío IX "Dui pluribus"
(9 Nov. 1846) ( D 1638), allí se enumeran estos criterios entre los criterios
válidos a favor de la religión católica.
VALOR TEOLÓGICO -.