Artículo VII

LOS CRITERIOS PRIMARIOS

 

A) LOS MILAGROS

 

TESIS 13 - LOS MILAGROS SON POSIBLES

 

160.- NOCIÓN DE MILAGRO

 

MILAGRO, por su etimología, viene de mirando (digno de admiración), indica una cosa nueva, fuera de lo acostumbrado, misteriosa, que produce admiración y estupor. Otros nombres con los que en la Sagrada Escritura se designa lo mismo, son (dinamis), virtud fuerza, (semeion) signo (tenas) , prodigio.

 

En los milagros, "una cosa es lo que se hace que excede las facultades de la naturaleza, y según lo cual, los milagros se llaman virtudes. Otra cosa es aquello por lo que se hacen los milagros, es decir, para manifestar algo sobrenatural, y según esto, generalmente, se les llama signos, por su excelencia se les llama portentos o prodigios, como si manifestasen algo lejano". (2.2.q. 178 a. 1 ad 3.)

 

Por lo que ahora nos toca a nosotros, es decir, para la apologética y en general como algo demostrativo para los hombres, el milagro se puede definir: a) un suceso sensible, b) superior al curso común de la naturaleza, c) realizado por Dios.

 

161.-  a) SUCESO SENSIBLE en sí o en sus efectos. Esto se requiere para que puede ser discernible y criterio de la revelación (o de la manifestación de cualquier cosa: de la santidad de un siervo de Dios, de la bondad­ divina... que quiere Dios manifestar a los hombres) ( Como la transustanciación no es sensible, en este sentido no se le llama milagro en la apologética).

 

162.- b) SUPERIOR AL CURSO COMÚN DE LA NATURALEZA

 

El curso de la naturaleza es lo que resulta de las leyes naturales.

 

Ley, en general, es una norma según la, cual, uno es inducido o retraído de obrar. Y leyes naturales son las inclinaciones constantes puestas por el Creador de las cosas.

 

Tal inclinación es la ley "in actu primo", el acto que proviene de esa inclinación o su ejercicio, es lo que se llama ley "in actu secundo".

 

Cuando por un milagro se hace una excepción en el curso de la naturaleza o en las leyes naturales, la excepción se realiza en la ley in actu secundo, no en la ley in actu primo, porque promueve la inclinación al acto y su exigencia, puesto que pertenece a la esencia de esa cosa.

 

El hecho es milagroso si no solo se hace por encima de las fuerzas de una cosa, sino tam­bién contra su exigencia, por eso, la creación del alma, el concurso y la conservación por Dios, no son milagros, porque, aunque la naturaleza no tiene fuerzas para esto, existe, sin embargo, su existencia.

 

Según Santo Tomás, para que una cosa sea milagro, no basta que sea­ sobre el orden de la naturaleza de alguna cosa particular... se llama milagro a lo que excede al orden de toda la naturaleza creada. Porque esto no lo puede hacer nadie, sino sólo Dios, pues lo que hace un ángel o cualquier otra criatura por su propia virtud, eso lo hace según el orden de la naturaleza creada y ya no es un milagro.

 

Pero, según el mismo Santo Doctor, como no conocemos todo el poder de la naturaleza creada, por eso, cuando se hace algo por encima de la naturaleza creada que nosotros conocemos, por un poder creado desconocido para nosotros, entonces es un milagro con respecto a nosotros.

 

BENEDICTO XIV, junto con otros, afirmó que son milagros los efectos insólitos y admirables que exceden las fuerzas y facultades de la naturaleza creada visible y corpórea conocida por nosotros, aunque no excedan las fuerzas y facultades de la naturaleza creada invisible e incorpórea. Por eso decía distinguiendo: los milagros mayores exceden las fuerzas de toda la naturaleza creada y los milagros menores exceden solamente las fuerzas de la naturaleza corpórea y sensible.

 

Pero como a) en la práctica es a veces difícil distinguir si sólo Dios puede hacer alguna cosa maravillosa, o si también pudo ser hecha por alguna criatura (v.gr., angélica), b) para la apologética, que considera el milagro como un signo de la revelación, y además, c) para los efectos de la canonización de los santos y para la manifestación de la bondad y de las maravillas divinas, esto es, como en casi toda consideración sobre los milagros, se admiten como milagros plenamente verdaderos y aptos, los que solamente superan a la naturaleza sensible, por eso, parece que podemos distinguir con Benedicto XIV, entre milagros mayores, que superan las fuerzas de toda la naturaleza creada (v.gr., la resurrección de un muerto) y los milagros menores que solamente superan la naturaleza sensible.

 

163.- REALIZADO POR DIOS

 

1) Porque Dios tiene que ser la causa eficiente del suceso milagroso, sea física, sea moral, por lo menos. (v.gr., un ángel), sea una cosa (v.gr., el barro).

 

Si una criatura hace una cosa maravillosa por sus propias fuerzas, sean naturales (v.gr., los espíritus que influyen en un movimiento local, etc.), sea concedida habitualmente por Dios, entonces, para que esto sea un milagro verdadero, se requiere que Dios sea la causa moral de ese suceso maravilloso, es decir, o imperándolo, o exhortándolo o aprobándolo, etc.

 

2) Dios tiene que ser también la causa final en todo milagro verdadero. Porque todo suceso maravilloso, para que sea un verdadero milagro, debe servir a la gloria de Dios (fin último) y manifestar también un cierto orden a Dios, como la revelación, la santidad de algún siervo de Dios, o la manifestación de las riquezas de su bondad... ( fin próximo).

 

De donde, si una causa supramundana realizase algo maravilloso en el mundo para un fin malo, no sería un milagro verdadero, no sería hecha por Dios, ni final ni moralmente eficiente. Porque eso no lo aprobaría Dios.

 

EL MILAGRO COMO SIGNO DIVINO - Por el mismo hecho por el que se dice que un milagro es un suceso sensible e insólito (es decir, sobre el común curso de la naturaleza) y realizado por Dios, ya se entiende que el milagro es un sino divino, puesto que un milagro se entiende algo hecho por Dios, y que, (en cuanto que es un signo), es conocido con anterioridad y nos conduce el conocimiento de otra cosa. Porque las cosas insólitas y mucho más si son sobre el curso común de la naturaleza, atraen la atención, y Dios al hacerlas, pretende, sin duda, atraer nuestra atención y conducirnos al conocimiento de otra cosa.

 

Nos preguntamos que es lo que Dios pretende enseñarnos por este signo, o lo que es lo mismo, cual es la teología del milagro. Se conoce por la finalidad propia de cada milagro, o por la verdad relativa de cada uno (n. 170 c).

 

Ahora nos interesa ver la teología del milagro para poner un sello a una revelación, puesto que tratamos de los criterios de la revelación.

 

Se pueden designar también otros fines, como los que describimos más abajo (n.496), al tratar de los milagros de Jesucristo, como, por ejemplo manifiestan más evidentemente el corazón misericordioso y benéfico de Dios por sus beneficios milagrosamente realizados. En general, siempre ha sido certísimo que en los milagros se debe reconocer su importancia religiosa.

 

164.- DIVISIONES DE LOS MILAGROS .

 

1) Por razón de la perceptibilidad del suceso, el milagro se divide en físico, si el suceso es perceptible en sí mismo, y en espiritual o síquico, si sólo es mediatamente perceptible en los efectos. Tal milagro puede ser intelectual, si se refiere al orden del entendimiento

(sabiduría admirable, don de lenguas, conocimiento profético...), o moral, si se refiere al orden de las costumbres (una conversión repentina o una mutación admirable del corazón ...)

 

2) Por razón de la naturaleza superada, pueden ser milagros físicos, por razón de la sustancia del hecho, o por razón de si mismo, si lo que se hace supera las fuerzas de la naturaleza (v. gr., los dotes de un cuerpo glorioso), o por razón del sujeto, si lo que se hace puede realizarse con las fuerzas de la naturaleza pero no en tal sujeto (v. gr., la infusión de la vida en un cadáver), o por fin, pueden ser por razón del modo, si lo que se hace, puede realizarse por las fuerzas de la naturaleza y también en tal sujeto, pero no de tal modo ( v. gr., la curación instantánea de una enfermedad orgánica).

 

3) Por razón de la oposición a las exigencias naturales, los milagros pueden ser sobre la naturaleza o contra la naturaleza, o al margen de la naturaleza. En los milagros sobre la naturaleza, induce Dios una forma que la naturaleza sola no puede inducir, o al menos, no lo podría en tal estado. En los milagros contra la naturaleza, permanece en el sujeto una disposición contraria a los efectos que Dios produce por el milagro, v. gr., si el fuego produce frío; los milagros al margen de la naturaleza, son aquellos efectos que podría producir la naturaleza, pero no de ese modo.

 

4) Por razón de la superación de toda o solamente de la naturaleza creada sensible, el milagro puede ser mayor o menor, según lo explicado más arriba (nº 162) o absoluto y relativo.

 

5) Los milagros pueden ser suspensivos de la ley, e intensivos de la ley.

 

165.- ADVERSARIOS     

 

1) Indirectos son los materialistas, panteístas, deístas, racionalistas, todos los que niegan la posibilidad de todo lo sobrenatural.

 

2) Directos son los que a) niegan la mutabilidad de las leyes físicas, atribuyéndoles una fijeza absoluta, como los deterministas, o b) los que niegan la existencia de tales leyes, como los contingentistas: Hume, Stuart Mill y algunos más recientes, quienes por la física de su tiempo, afirmaban que el milagro es una excepción meramente estimada en una ley, solo también estimada, o en una ley que no tiene más que un valor estadístico.

 

Los espiritistas y teósofos atribuyen los milagros a los espíritus, o al trato natural con Dios, como si no fuesen fuera del orden de la naturaleza,

 

Para los modernistas el milagro es un suceso que no es explicable todavía y que es atribuido a Dios por un sentimiento religioso (cfr. D. 2017, 2096, 2145).

 

166.- DOCTRINA DE LA IGLESIA

 

La noción eclesiástica de milagro está de acuerdo con la definición que hemos propuesto, puesto que los milagros, según el Concilio Vaticano I, son hechos divinos que demuestran luminosamente la omnipotencia de Dios, (puesto que son hechos por Dios omnipotente que muda el curso de la naturaleza) y son signos externos de la revelación (luego, son sensibles) ( D. 1790) .

 

En el mismo Concilio es condenado el que dijese que no se puede hacer ningún milagro. (D. 1813) Cfr. también D. 1812, 2195.

 

VALOR DOGMÁTICO. De fe divina y católica solemnemente definida (D. 1813).

 

167.- PRUEBA

 

1) A posteriori por los milagros que ya se han realizado.

 

2) A priori, atendiendo al concepto de milagro físico, en cuanto que depende de la excepción en las leyes físicas. El milagro seria imposible (con imposibilidad interna o metafísica), si repugnase a) de parte de la excepción que experimenta la ley física, o b) de parte de Dios que realiza esa excepción. Porque estas dos cosas se contienen en la definición del milagro, pero:

 

            a) no repugna por la excepción que sucede en la ley física. Porque el orden de la naturaleza, fuera del cual se hace, no es absolutamente necesario, puesto que depende de las leyes físicas que Dios puede mudar, o negando su concurso libre, o produciendo con su omnipotencia un efecto maravilloso que supere al efecto ordinario o que lo contradiga.

 

            b) ni repugna por parte de Dios que realiza esa excepción. Porque el milagro puede realizarse físicamente del modo dicho, puesto que depende de la omnipotencia libre de Dios, porque ni Dios está obligado, por una necesidad antecedente a ningún orden de la naturaleza ni a ningunas leyes, ni tampoco está obligado con una necesidad consecuente, ni tampoco se muda en sí por el hecho de que realice una excepción establecida desde la eternidad.

 

Estudiemos ahora la posibilidad moral, o la razón suficiente, o el fin razonable en Dios para que realice esa excepción. Se concibe perfectamente que puede existir esa razón suficiente o ese fin razonable en Dios para manifestar su omnipotencia que no está sujeta a un curso determinado de la naturaleza, o para mostrar su sabiduría, puesto que es propio del sabio el ordenar las cosas al fin, y Dios ordenaría los seres inferiores y sus excepciones para conseguir unos fines más altos (v. gr., para imprimir su sello a la revelación, igualmente, para manifestar su bondad y las riquezas de su corazón en los efectos de su misericordia, que se habrían de conseguir fuera de todo orden preestablecido, (como sucedió en los milagros de Jesucristo).

 

NB.- En este argumentó, con una forma negativa en apariencia, deducimos una verdad positiva, es decir, la posibilidad del milagro, demostrándola positivamente, puesto que excluimos positivamente su repugnancia (cfr. n. 110).

 

La posibilidad de los milagros morales, se pruebe con menor dificultad, puesto que la constancia de las leyes sicológicas o morales, por las que se rige la actividad acostumbrada de los hombres, goza de una fijeza menor que la constancia de las leyes físicas. Dios podrá obtener el efecto que quiere, incluso el libre, y como una excepción clara en el modo acostumbrado de obrar que tienen los hombre, por su voluntad libérrima y omnipotente y por su presciencia eficacísima.

 

168.- OBJECIONES .

 

1- El milagro sería una excepción en las leyes de la naturaleza. Es así, que las leyes de la naturaleza no pueden padecer excepciones. Luego, no se pueden hacer milagros.

 

Niego la menor. Para probar esta menor, se podrían aducir todas las objeciones conocidas en Cosmología, contra la mutabilidad de las leyes naturales.

 

2- Pruebo la menor. Lo que es inmutable no puede tener excepciones. Es así, que las leyes naturales son inmutables. Luego ....,

 

Conced. la mayor, distingo la menor. Las leyes in actu primo (sus inclinaciones constantes) son inmutables, conc. la menor; las leyes in actu secundo (su ejercicio), subdist. son inmutables a cada paso y sin razón, conc., que nunca pueden mudarse y sin excepción, niego.

 

3- Lo que emana necesariamente de las cosas es siempre inmutable. Es así que las leyes naturales (aún consideradas in actu secundo) dimanan necesariamente de las esencias determinadas de las cosas. Luego, las leyes de la naturaleza (aún consideradas in actu secundo, es decir, en su ejercicio), son siempre inmutables.

 

Dist. la mayor. Lo que dimana por necesidad metafísica o como accidente meramente lógico (esto es, sólo según nuestro modo de concebirlas), siempre es inmutable, concedo la mayor (v. gr., la risibilidad que dimana como una propiedad de la esencia del hombre), pero lo que dimana de la esencia de la cosa por una necesidad solamente física, siempre es inmutable, niego la mayor. Contradist. la menor.

 

4- "Operan sequitur esse" (la operación sigue a la esencia) (la obra corresponde al ser de

la cosa). Es así que las esencias de las cosas son absolutamente inmutables. Luego, las

operaciones de las cosas o las leyes in actu secundo son absolutamente inmutables.

 

Dist. la mayor. "Operan sequitur esse", esto es, la operación está en el mismo orden de la esencia espiritual o material, según sea la esencia, y no se extiende más allá de las propiedades de la esencia, conc. la mayor, la operación tiene plenamente las mismas notas y propiedades que la esencia, es decir, es una sustancia, y eterna e inmutable como se dice de la esencia, niego la mayor.

 

5- Las cosas de la naturaleza deben obrar siempre del mismo modo. Lo pruebo. La esencia de una cosa consiste en que necesariamente obre de tal o de tal modo. Es así, que no obraría necesariamente de tal o de tal modo, si se le hace alguna excepción. Luego,

 

Niego el antecedente y distingo la mayor de la prueba. La esencia de una cosa está en que obre de tal o de tal modo según la exigencia, conc. la mayor, según el ejercicio subdist., de modo que obre así con necesidad física, conced. con necesidad metafísica, niego. Centradist. la menor.

 

6- Instancia. Es así que de la esencia se sigue con necesidad metafísica un modo determinado de obrar. Lo pruebo: Lo que es esencial a alguna naturaleza es absoluto y metafísicamente necesario. Es así que es esencial a las cosas un determinado modo de obrar. Luego, en las cosas es absoluta y metafísicamente necesario un determinado modo de obrar.

 

Niego la instancia y dist. la mayor de la prueba. Lo que es esencial a alguna naturaleza como constitutivo de la esencia metafísica le es absolutamente necesario, conced. la mayor, lo que es esencial como propiedad que fluye de su esencia, subdist. Si fluye con una necesidad metafísica, conc., de lo contrario, lo niego. Dist. la menor. Un determinado modo de obrar in actu primo, o sea, según la exigencia, es esencial, pase, o conc. la menor, un de terminado modo de obrar in actu secundo, o sea, según su ejercicio es esencial, subdist, como constitutivo de la esencia, niego, como una propiedad que fluye de la esencia, vuelvo a subdist, que fluye con necesidad física, conc., que fluye con necesidad metafísica, niego.

 

7- Es así que Dios no puede impedir el ejercicio de las leyes de la naturaleza de ninguna manera. Lo pruebo. Dios haría algo desordenado al impedir el ejercicio de las leyes de la naturaleza.

 

Niego el antecedente y distingo la prueba. Dios haría algo desordenado con relación al orden universal, niego, con relación a un orden particular, subdist, si le hiciese constantemente y sin razón, le concedo, de le contrario, lo niego.

 

8- Es así, que aunque fuese con relación a una naturaleza particular, haría algo desordenado. Lo pruebo. A un artista que, hiciese algo contra la obra compuesta por él mismo, se le acusaría de error y de imperfección. Luego, el artista divino, al hacer algo contra la obra hecha por él; debería ser acusado de error e imperfección.

 

Niego la Subsunción y dist. la prueba. El artista que hace algo centra su propia obra, debe ser acusado de error y de imperfección si su arte y su obra se desarrolla y concluye adecuadamente en esa misma obra, conc. (sucedería así si sólo se pretendiese hacer esa obra), pero si su arte no se concluye adecuadamente en esa obra, sino que se subordina a un orden superior, niego. Distingo igualmente la consecuencia.

 

9- Es así que, aunque se desarrollara inadecuadamente la obra artística en alguna naturaleza, sería también contra la sabiduría divina el hacer excepción en las leyes naturales. Lo pruebo. El actuaría contra las leyes dadas por sí mismo es contra la sabiduría del legislador. Es así que Dios, al hacer una excepción en las naturales, actuaría contra las leyes dadas por sí mismo. Luego....

 

Niego la subsunción. Dist. la mayor de la prueba. Actuar contra las leyes dadas por sí mismo es contra la sabiduría del legislador, si lo hace constantemente y sin razón, conc. la mayor. Si lo hace a modo de privilegio, niego la mayor. Contradist. la menor.

 

10- Es así que tal excepción sería contra la sabiduría de Dios y contra su providencia. Lo pruebo. Porque se acabaría con la certeza en las cosas físicas, porque ésta supone la constancia de esas mismas leyes físicas.

 

Niego la subsunción. Distingo la prueba.­ Se acabaría generalmente con la certeza de las cosas físicas, niego. Alguna vez subdist., si se engendra la sospecha de que va a haber suspensión en la leer, concedo, de lo contrario, lo niego. Pero esto no es contra la sabiduría y providencia de Dios. Más aún, tenemos que reconocer que no es absoluta la constancia que se supone en las leyes físicas, sino hipotética y físicamente necesaria.

 

11- Las leyes de la naturaleza son decretos de Dios. Es así que los decretos de Dios no pueden padecer jamás excepciones, Luego, las leyes de la naturaleza no rueden padecer nunca excepciones.

 

 Dist. la mayor. Las leyes de la naturaleza son decretos hipotéticos, concedo,  absolutos, lo niego. Contradist. la menor.

 

12- Es así, que ni aún hipotéticamente pueden padecer excepciones. Lo pruebo. Dios quiere con necesidad lo que necesariamente entiende como real. Es así que entiende necesariamente como real este orden de la naturaleza. Luego, quiere con necesidad este orden de la naturaleza que, por lo tanto, es absolutamente inmutable.

 

Niego la subsunción. Corc. la mayor de la prueba. Distingo la menor. Dios entiende

necesariamente como real este orden de la naturaleza con sus excepciones. conc., sin las excepciones producidas por El mismo, lo niego. Distingo igualmente la consecuencia.

 

13- Como Dios ha querido necesariamente y sin excepciones, el orden de la justicia, así también ha querido sin excepciones, el orden de la naturaleza. Luego ...

 

Niego la paridad. El orden de la justicia depende de la santidad de Dios, el orden de la naturaleza depende de su omnipotencia, una excepción querida por Dios repugna absolutamente a su santidad, pero no repugna a la omnipotencia, sino que a veces es muy conveniente. 

 

14- El milagro era previsto por Dios o no. Si no era previsto es imposible, y si lo preveía, ya pertenece al curso de la naturaleza. Luego, no sería un milagro.

 

Concedo la disyunción y distingo el segundo miembro. El milagro, si ya era previsto, pertenecía al curso extraordinario de la naturaleza, concedo, estaba ya en el curso ordinario de la naturaleza, lo niego. Distingo igualmente la consecuencia.

 

15- Contra la existencia de leyes necesarias. El milagro supone la existencia de leyes físicas. Ahora bien, esas leyes no se dan. Pruebo la menor. La ley es una ordenación de la razón. (Sto. Tomás 1,2 q. 90 a.4) Es así que la ley física no es una ordenación de la razón. Luego, no es una verdadera ley.

 

Resp: Dist. la mayor. La ley en el legislador (activamente considerada) es una ordenación de la razón, conc. la mayor, la ley en el legislador (pasivamente considerada) es una ordenación de la razón, subdist., la ley moral conc.- la ley física, vuelvo a subdist., en cuanto que está ordenada a la ordenación de la razón que está en el legislador, conc., como si se debiera dar una facultad racional en el mismo sujeto en que existe esta ley, lo niego.

 

169.- 16 - Por la mecánica cuántica moderna (las cuentas de Planck), conocemos la imposibilidad de determinar en el microcosmo de las moléculas, el curso micro-mecánico de los últimos elementos (electrones, protones), de donde solo percibimos macro-mecánicamente el resultado total al montón (sin orden) y que proviene de la frecuencia casi estadística del curso de los elementos (neutrones, protones) y que se tiene que determinar por un cálculo de probabilidades. Es así, que una frecuencia estadística y probable, como ésta , admite la excepción, según el mismo orden de la naturaleza. Luego, tales excepciones y los supuestos milagros se darían, según el orden de la misma naturaleza y no serían milagros verdaderos.

 

Resp. 1- La resultante total en la masa que se observa macro-mecánicamente, tiene una fijeza tan constante, que funda la constancia física y la determinación cierta de las leyes físicas en el microcosmo, aunque se conceda que no podemos determinar aún con certeza la composición de los movimientos de esos elementos. Por lo tanto, no se puede transferir al microcosmo, lo que es válido sólo para el microcosmo, como tampoco se puede afirmar que el testimonio de una multitud produce solamente una probabilidad por el hecho de que cada uno de los testigos no dé más que un testimonio probable. Porque, por el principio de la razón suficiente, se muda el valor del testimonio, según que se trate de algún testigo o de muchos que tienen ciencia y verdad. Así pues, ilógicamente se transfiere al macrocosmo lo que sólo vale para el microcosmo.

 

2- Por más que "de las relaciones inciertas" (Heisenleig) se pueda rectamente concluir, en

cuento a nosotros, la distancia entre las leyes ciertas ( causales y dinámicas) y entre las leyes que aparecen como estadísticas en el curso de los elementos, fundadas en la probabilidad, sin embargo, no se puede suponer de ningún modo que se da una determinación libre en los elementos últimos, sino que es desconocida para nosotros la razón de tal o tal movimiento en el microcosmo

 

3- Además, debemos advertir que aunque por la mecánica moderna ignoramos el modo de determinar la cantidad de los movimientos y el curso último de los elementos, no por eso vale lo mismo de su reacción cualitativa, v. gr., es una reacción cualitativa cierta, que se produce calor por el flujo de la electricidad en un metal filiforme, aunque quizá se ignore la cantidad y la ley por qué se rige[1].

 

4- Las excepciones que se tienen en las leyes estadísticas de orden psicológico, son mucho más frecuentes que las excepciones que por los milagros se tienen en las leyes físicas, más aún, cuando se da alguna excepción en una ley física por un milagro realizado, se conoce ordinariamente la razón final y teológica por la que se realiza esta excepción.

 

5- Aunque el movimiento de cada uno de los elementos se conozca solamente con un cálculo incierto y concedamos que se dan en la molécula movimientos verdaderamente caóticos en sus elementos, pero, sin embargo, todo ésa no puede dar un resultado ordenado, más aún ordenadísimo, sin un ordenador sapientísimo que los rija de un modo conforme a su naturaleza, es decir, por unas inclinaciones constantes insertas en su propio ser, aunque en los cálculos humanos se ignore el modo por el qué resulta siempre la misma disposición. Porque si se tuviese que estudiar por el cálculo de probabilidades esta disposición constante que existe en la naturaleza entre tantas combinaciones posibles de los diferentes movimientos de los elementos mínimos, la probabilidad matemática, (habida cuenta del número de los elementos que se deberían combinar), esa probabilidad sería absolutamente nula.[2]

 

17- Insto a la Respuesta 4) - Si las excepciones en las leyes estadísticas (v.gr., sobre la criminalidad) son solo más frecuentes que las excepciones producidas por los milagros en las leyes de la naturaleza, el más y el menos no cambian la especie. Luego, las leyes estadísticas y las leyes de la naturaleza no son distintas específicamente. .

 

Dist, el antecedente. Si la razón de la diferencia entre esas leyes solo se toma según el más y el menos en cuanto a la frecuencia de la excepción, pase, si además, la razón de la diferencia está en que las leyes estadística de las que hemos hablado antes, suponen un sujeto que actúa libremente, y en que se conoce la razón final cuando, por un milagro, se realiza la excepción en las leyes de la naturaleza, niego que unas y otras leyes no sean específicamente diversas.

 

TESIS 14 - LOS MILAGROS SON CONOGSCIBLES COMO CRITERIO DE LA REVELACIÓN.

 

170.- ESTADO DE LA CUESTIÓN 

 

1) En la Cosmología se trata también de la cognoscibilidad de los  milagros, pero no como un criterio de la revelación, solamente en cuanto que supera el curso de la naturaleza.

 

2) No decimos que todos los milagros sean cognoscibles por cualquier  hombre, sino que puesta la debida diligencia, pueden ser conocidos generalmente por aquellos para quienes se hacen.

 

3) Para que conste de algún milagro cerro confirmación de alguna revelación, debe constar de su veracidad histórica, filosófica y relativa.

 

a) LA VERDAD HISTÓRICA está en que el hecho que se dice milagroso suceda realmente y tal como se narra. Esta verdad responde a la nota de suceso sensible que está en la definición del milagro.

b) LA VERDAD FILOSÓFICA consiste en que en el hecho narrado se cumpla la definición de milagro, tal como la hemos dado. En esta definición deben considerarse dos elementos (además de ser un suceso sensible): primero, que se trate de un suceso que aurora el curso dela naturaleza, segundo, que ha sido hecho por Dios. Hay autores que reservan y restringen la verdad filosófica del milagro" al cumplimiento real del primer elemento, es decir, si el suceso maravilloso supera realmente el curso de la naturaleza, y llaman VERDAD TEOLÓGICA del milagro, al cumplimiento del segundo elementos es decir, si esa obra que excede el curso de la naturaleza es realmente hecha por Dios.

c) LA VERDAD RELATIVA consiste en que el milagro sea ordenado  realmente por Dios para confirmar aquello por lo que se produce, en este caso, para sellar y confirmar la revelación. Para éste se requieren dos cosas: primero que el taumaturgo invoque explícita o equivalentemente tal milagro como testimonio de su misión, segundo, que conste que el milagro ha sido hecho por Dios que lo aprueba para ase fin. Esto constará si las circunstancias en las que se verifica el milagro no dan señal alguna por la que se pueda sospechar que ese milagro esté ordenado o permitido por otros fines ocultos. Así se excluye la posibilidad del abuso en la hipótesis de un falsario que abusase de hechos preternaturales para persuadir una doctrina falsa.

 

171.- ADVERSARIOS

 

1) Contra la cognoscibilidad de la verdad histórica: HUME, STRAUSS, ZELLER... afirman que a su favor hay un testimonio de orden moral, mientras que la experiencia física está en contra, esto es, la certeza física que supera a la certeza moral del testimonio.

 

2) Contra la cognoscibilidad de la verdad filosófica: SPINOZA, VOLTAIRE, RENAN,... afirman que se deben dar ciertas condiciones favorables, para que el milagro pueda ser examinado científicamente, v. gr., que se pueda repetir el milagro ad libitum en un círculo de sabios.

 

Igualmente, A. HARNACE y muchos otros, quienes, por los prejuicios racionalistas, sostienen la imposibilidad de los milagros, y por lo tanto, su incognoscibilidad filosófica. Sobre la sentencia de HARNACK. cfr. más abajo n. 477.

 

3) Contra la cognoscibilidad como criterio de la revelación, todos los que no admiten los criterios externos, P. ROUSSELOT requería una luz sobrenatural para que al sujeto le coste el valor objetivo del milagro para demostrar el hecho de la revelación ( cfr. n. 183).

 

172 .- DOCTRINA DE LA IGLESIA 

 

El Concilio Vaticano I definió solemnemente (D. 1813) que los milagros pueden ser conocidos con certeza (al menos) algunas veces y que con ellos se puede probar debidamente el origen divino de la religión cristiana. Luego, según el Vaticano I los milagros son cognoscibles como criterio de la revelación.

 

La doctrina de la tesis se contiene, además, abierta e implícitamente en la proposición que debía ser suscrita por L.E. BAUTAIN ( a.1840), "La prueba tomada de los milagros de Jesucristo, sensible e impresionante para los testigos oculares, no ha perdido su fuerza y su vigor para las generaciones siguientes (D 1624).

 

La misma doctrina se encuentra también en el juramento contra los errores modernistas: "admito y reconozco como signos certísimos del origen divino de la religión cristiana, los argumentos externos de la revelación, esto es, hechos divinos y en primer término, los milagros y las profecías y sostengo que son sobremanera acomodados a la inteligencia de todas las edades y de los hombres, aún los de este tiempo ( 2145).

 

VALOR DOGMÁTICO

 

La tesis está revelada, puesto que en las Escrituras, Cristo, el Señor, los Apóstoles, los profetas,.. apelan a los milagros como a signos de la auténtica revelación y además, se propone por la Iglesia como revelada (D. 1790). Luego, la tesis es de fe divina y católica solemnemente definida. ( D1813).

 

173 .- PRUEBA-  Para que los milagros sean cognoscibles como criterio de la revelación, se requiere y es suficiente, que sean cognoscibles en cuanto a su verdad histórica, filosófica ( teológica) y relativa. Y esto sucede así. Luego, los milagros son cognoscibles como criterio de la revelación.

 

Pruebo la menor: 1) CONOGSCIBILIDAD EN CUANTO A LA VERDAD HISTÓRICA

 

El milagro formado específicamente (lo que se llama milagro) es un suceso sensible, CONFORME A LA DEFINICIÓN QUE DIMOS de él. Ahora bien, un suceso sensible puede ser conocido por los presentes, es decir, si tienen los sentidos sanos y aplican la mente para conocer el suceso, y los que estando presentes lo hayan percibido, podrán transmitir el suceso con certeza, por su testimonio, a otros y a los posteriores, es decir, (por lo probado en la Lógica), si consta de la ciencia y de la veracidad de los testigos. Luego, otros coetáneos y posteriores, en ciertas condiciones y circunstancias, podrían conocer con certeza que se realizó ese suceso y el modo como se realizó, por lo tanto, podrán conocer con certeza la verdad histórica del milagro.

 

2) LA COGNOSCIBILIDAD EN CUANTO A LA VERDAD FILOSÓFICA.­

 

En un suceso sensible podrá constar con frecuencia lo que se requiere para que sea un verdadero milagro, según su definición

 

            a) Que el suceso supere las fuerzas de la naturaleza, dejadas a sí mismas o aplicadas por los hombres, porque, aunque ignoramos hasta donde pueden extenderse las fuerzas naturales, sin embargo, frecuentemente, podemos conocer con certeza hasta donde no pueden extenderse en determinados adjuntos, y que esto conste con una inducción no menor que otras leyes físicas positivas, así, por ejemplo, sabemos certísimamente que solo con la palabra no se calma repetidamente una tempestad, ni que con la palabra se resucita a un muerto o se sana a un enfermo de una enfermedad orgánica. Y juzgaría imprudentemente quién pensase que en ciertas circunstancias obraban fuerzas ocultas naturales, si no pretende caer en un escepticismo pleno. Así podrá constar que tal suceso se debe atribuir a alguna causa supramundana.

 

            b) Además, podrá constar que ese suceso ha sido hecho por Dios, o como algunos dicen, podrá constar de la verdad teológica del milagro. Porque hay sucesos maravillosos que, sea por razón de la esencia del hecho, o por razón del sujeto, o por razón del modo como se realizan, únicamente se pueden atribuir a Dios, v. gr., la resurrección de un muerto, pues a nadie se le ha concedido arrebatar las almas de Dios remunerador o de Dios que castiga después del estado preparatorio para obtener el último fin, estado preparatorio que (hablando filosóficamente) se considera razonablemente que está en esta vida antes de la muerte. Además, por razón del modo como se hace, los milagros se deberán atribuir únicamente a Dios, si el taumaturgo lleva a cabo un gran numero de milagros, de modo que los realiza por el solo imperio de su voluntad sin que necesite un sujeto preparado... Estos serían los milagros absolutos, que piden que sea el mismo Dios la causa física eficiente.

 

Hablando en general, se deben atribuir únicamente a Dios los milagros que manifiesten una fuerza equivalente a la virtud creativa divina, o si la razón suficiente del hecho o de los hechos es únicamente la voluntad del taumaturgo que manifiesta su dominio absoluto en toda la naturaleza, en toda clase de seres y obrando solamente por su voluntad. Porque entonces la razón suficiente de todas esas maravillas, no es la disposición de la materia o del sujeto que sea adecuada a la virtud del taumaturgo, sino que es solamente su voluntad.

 

Ahora bien, la criatura al obrar, depende de la materia propuesta, no obra por su sola voluntad y sin sujeto presupuesto. Luego, depende del sujeto al obrar y sólo puede hacer cosas que dependen de las condiciones del sujeto.

 

Pero si alguien actúa independientemente del sujeto, y de las condiciones del sujeto, deducimos con razón, que él tiene una fuerza independiente de cualquier sujeto, o sea, una fuerza y un dominio absoluto y que es el Creador de las cosas, Dios, o que tiene un poder divino comunicado para realizar estos efectos. Por lo tanto, si los efectos manifiestan esa fuerza, tendremos los milagros absolutos, v. gr., las dotes del cuerpo glorioso (la compenetración, la agilidad repentina), la resurrección de un muerto (que procede independiente mente de la disposición del sujeto), la restitución repentina de un miembro que falta, multiplicar de repente los panes... Porque todo esto supone una fuerza creativa, por eso, los milagros absolutos se llaman a veces creación virtual.

 

Se enumeran como obras de este primer género, las resurrecciones de los muertos, las que, o suponen una creación, o equivalen a una creación, como la producción de la vida, las acciones a distancia, obrar sin un sujeto presupuesto, esto es, sin la aplicación a una materia aptamente dispuesta, obrar repentinamente, sin ningún tiempo interpuesto.

                                                           

Pero a otros hechos maravillosos que se piensa que se podrían hacer físicamente por otras causas distintas de Dios, o a hechos también maravillosos que no aparecen claramente como milagros absolutos, se les­ podría, sin embargo, reconocer que provienen de Dios como causa moral, y  que, por su tendencia hacia El como a su fin, y se podrá reconocer también si han sido hechos por Dios moral y finalmente. Porque no se le puede negar a la sabiduría y bondad de Dios una providencia y cuidado sobre los hombres, de modo que éstos tengan un medio claro con qué conozcan si un espíritu malo o una causa no divina ha realizado ese hecho maravilloso, o si por último, se le deba atribuir a Dios, que manda o aprueba que actúen milagrosamente causas supramundanas.

 

Pero la intromisión de los espíritus en los destinos de este mundo, en primer lugar, no siempre aparece clara, y si esto ocurriese, estarían (come todo lo que sucede), bajo la providencia divina y esta providencia y bondad y benignidad, no permitirá que seamos engañados por esos espíritus en cosas de importancia.

 

“Porque, como es propio de la Divina Providencia que preside este mundo, no permitir que él (el ángel malo) abuse de su poder en cosas en que se perturbaría el orden natural del universo, o se turbase grandemente el gobierno político del género humano, con mayor razón le corresponde a esa divina Providencia, no permitir que el espíritu maligno abuse de su mismo poder natural para confirmar con signos y milagros una religión o santidad falsa" ( BENEDICTO XIV, De servorum Dei beatificatione 1.4.p 1.e.6 n.6).

 

Podemos considerar a los espíritus supramundanos que se entremetiesen en los destinos del mundo o malos, es decir, que pretendiesen un mal moral, o indiferentes, es decir, que no pretendiesen nada bajo el aspecto moral, o buenos, que deseasen el bien moral. Pero difícilmente se pueden concebir unos espíritus indiferentes, con relación al engaño humano, por lo tanto se reducen a una ú otra de esas dos categorías. Los espíritus malos, cuyas acciones Dios sólo las permite, serán en último término, reconocidos como malos, o por sus mismas acciones, o por los efectos que producen, pues no pueden luchar contra sí mismos, y los espíritus buenos, serán, a su vez, reconocidos de muchos modos. Estos obrarán de acuerdo con la voluntad de Dios y aparecerán sus acciones el beneplácito divino.

 

Debemos decir a priori, que se puede conocer una obra maravillosa como proveniente de Dios. De lo contrario, el mismo Dios no podría manifestarse como autor de sus propias obras.

 

Pero el modo por el que se podrá reconocer tal intervención divina, será posible 1) por la consideración de la persona del taumaturgo, 2) por su modo de obrar, 3) por el fin que pretende, 4) por los efectos que se siguen.

 

Luego, podrán constar con certeza todas las cosas que se requieren para que se cumpla la definición de milagro, es decir, podría constar la verdad filosófica del milagro.

 

3) COGNOSCIBILIDAD EN CUANTO A LA VERDAD RELATIVA

 

En primer lugar, debemos advertir que el milagro es un medio optimísimo como testimonio en favor de una revelación o doctrina o verdad, porque mudar el curso de la naturaleza es una obra especialísima de Dios, su autor, y así todos nos sentimos impulsados a considerar el milagro como un sello divino.

 

Para que conste de la verdad relativa del milagro, debe constar :

 

a) que el taumaturgo apela explícita o equivalentemente al milagro en confirmación de tal

revelación o doctrina, y b) que esta conexión es aprobada por Dios.

 

Es así, que pueden constar las dos cosas: a) lo primero, como de cualquier hecho histórico, b) lo segundo, si por las circunstancias (de la persona, de su modo de obrar, del fin pretendido, de los efectos que se siguen, no existe ninguna razón sólida para sospechar que el abuso o el milagro está ordenado o permitido por Dios para otros fines ocultos. Porque si en estas circunstancias, y después de haber puesto una diligencia adecuada para encontrar la verdad, Dios permitiese el engaño, se privaría a sí mismo, de un medio óptimo para confirmar la revelación divina y el mismo Dios sería testigo de una falsedad por permitir el mal uso de su sello.

 

174.- OBJECIONES - CONTRA LA COGNOSCIBILIDAD HISTÓRICA

 

1.- La realización de un milagro es, a lo más, moralmente cierta, que el milagro no se realiza es físicamente cierto. Luego, debe prevalecer que milagro no se realiza.

 

Dist. el segundo miembro del antecedente. Que el milagro no existe es físicamente cierto. Si no hay razón alguna para sospechar una excepción en las leyes naturales, conc., si existe una razón sólida para sospechar la excepción en las leyes naturales, más aún, si es moralmente cierto que se ha dado esa excepción, niego.

 

Para que se dé una certeza física o moral, se requiere un doble elemento, uno positivo y otro negativo: el elemento positivo consiste en la fijeza de las leyes físicas o morales (del orden psicológico del modo acostumbrado de obrar) y el elemento negativo consiste en la carencia de una sospecha sólida de la excepción ocurrida o por ocurrir en la ley. Entonces puedo y o debo afirmar, sin temor prudente de errar, y en esto consiste precisamente la certeza, pero debo obrar de otro modo si falta el segundo elemento.

 

2.- Para que conste la verdad histórica de los milagros, se requiere el testimonio de muchos sabios. Luego, frecuentísimamente, apenas podrá constar la verdad histórica de los milagros.

 

Dist, el antecedente. A veces se requiere el testimonio de muchos sabios, pase el

antec., frecuentemente y para la comprobación de un hecho sensible, niego el antec.

 

3.- Muchos dan el testimonio de que no ha sucedido un milagro, y serán pocos los que den testimonio de que ha sucedido ese milagro. Luego, debe prevalecer siempre el testimonio de los que lo niegan.

 

Dist. el antec. Muchos dan testimonio de que el milagro no se da ordinariamente, pase el antec., pero con relación al hecho particular que se afirma, niego el antec. y niego el consecuente y la consecuencia.

 

4.- CONTRA LA COGNOSCIBILIDAD FILOSÓFICA

 

Para que conste la verdad filosófica del milagro, debe constar que han sido excluidas las fuerzas ocultas de la naturaleza. Es así